La huelga es un derecho natural y la ética cristiana lo defiende y define sus alcances y limitaciones.
Lo compara, salva las evidentes distancias, con el derecho de guerra justa. Porque es definitiva ¿qué es una huelga sino un choque social entre capital y trabajo, entre sociedad y autoridad, equivalente a una guerra, a una batalla incruenta, que a veces se torna sangrienta, donde se usa la fuerza al servicio de una postura.
Por eso, como el de la guerra, el derecho de la huelga debe ser el último argumento. Sólo es lícita cuando se han agotado todos los ricos recursos del diálogo entre las partes contendientes, ya sea por la vía directa o sindical.
Y esa es la primera limitación. Nunca es lícita la huelga si antes no han agotado todas las tentativas pacíficas de un arreglo.
Otra limitación la pone el contrapeso de las anomalías. Toda huelga trae anomalías que la Encíclica Rerum Novarum describió así magistralmente: «las huelgas llevan consigo daños no sólo para los patronos y para los mismos obreros, sino también para el comercio y los intereses públicos: añade que las violencias y túmulos, a que de ordinario dan lugar las huelgas, con mucha frecuencia ponen en peligro la misma tranquilidad pública». (31). Por lo tanto si estas anomalías naturales del derecho de huelga son mayores que las anomalías de injusticia y abuso que se trata de combatir, no sería lícito el uso de su arma.
Por eso el poder público tiene el derecho y el deber de declarar, en un momento dado, ilegal una huelga, antes o después de producirse, en atención a los bienes superiores que entran en juego para evitar males superiores.
Téngase en cuenta también esta otra consideración. La masa obre lanzada a una huelga corre el riesgo de sufrir un humillante balanceo entre la dependencia capitalista de que quiere defenderse y la dependencia sindicalista o clasista que también le roba la libertad en nombre de muchas veces del odio de clases o intereses egoístas e innobles de los dirigentes sindicales.
En todo caso el derecho de huelga defendido por la doctrina católica nunca debe confundirse con la lucha sistemática de clases o la obtención masiva de trabajo como dialéctica marxista, sino que lo considera como un arma lícita en defensa de un bien positivo: el legítimo derecho de los trabajadores.
En resumen nítido expone así el Concilio este derecho humano: -Cuando surjan conflictos económico-sociales, que ha de procurar que se llegue a una solución pacífica. Aunque siempre, sin embargo, en primer lugar se ha de recurrir a un sincero coloquio entre las partes, sin embargo la huelga, también hoy día puede ser un recurso necesario, aunque el último, para la defensa de los propios derechos y para alcanzar las justas exigencias de los trabajadores. Y cuanto antes se ha de reanudar el camino de las negociaciones y el coloquio de conciliación» (Constit. sobre la Iglesia en el mundo actual n.68).